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Depreciación Fiscal en Colombia: Aspectos Clave para 2026
23/08/2026 · Andrés Orlando Gutiérrez
La depreciación fiscal es un concepto fundamental en la contabilidad y tributación de las empresas colombianas. Permite a las compañías deducir el costo de sus activos fijos a lo largo de su vida útil, reduciendo así la base gravable del impuesto sobre la renta. A continuación, se detallan los aspectos más relevantes de la depreciación fiscal vigente en Colombia para el año 2026.
1. Tasa de Depreciación Fiscal
Según el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, las tasas máximas de depreciación fiscal oscilan entre el 2.22% y el 33%, dependiendo del tipo de activo. En ausencia de una reglamentación específica, se aplican las siguientes tasas anuales:
- Edificaciones: 2.22%
- Maquinaria y equipo: 10%
- Vehículos: 25%
- Equipos de oficina: 20%
- Otros activos: 10%
Estas tasas se aplican sobre la base para calcular la depreciación, que corresponde al costo fiscal del activo.
2. Vida Útil de los Activos
La vida útil de los activos depreciables es el período durante el cual se espera que el activo brinde beneficios económicos futuros al contribuyente. Para efectos fiscales, la vida útil debe estar soportada por estudios técnicos, manuales de uso e informes. También son admisibles documentos probatorios elaborados por un experto en la materia. Es importante destacar que la vida útil fiscal no necesariamente coincide con la vida útil contable del activo.
3. Depreciación por Componentes
En caso de que el contribuyente realice la depreciación de un elemento de la propiedad, planta y equipo por componentes principales, de conformidad con la técnica contable, la deducción por depreciación para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios no podrá ser superior a la depreciación o alícuota permitida en el Estatuto Tributario o el reglamento para el elemento de propiedad, planta y equipo en su totalidad.
4. Recuperación de Deducciones por Enajenación de Activos
Si se enajenan activos que han sido objeto de deducción por depreciación acelerada o deducción especial, el contribuyente deberá restituir las sumas resultantes de su aplicación si se enajenan los activos antes de que finalice su periodo de depreciación o amortización, o antes de cumplir su vida útil. Estas sumas deberán incorporarse como renta líquida por recuperación de deducciones en el año gravable en que se perfeccione la enajenación.
5. Consideraciones Adicionales
Es esencial que las empresas mantengan una documentación adecuada que respalde la vida útil y el costo fiscal de sus activos. Además, deben estar atentas a las actualizaciones normativas que puedan surgir, ya que la legislación tributaria puede experimentar cambios que afecten la aplicación de la depreciación fiscal.
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