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Guía para Solicitar la Devolución de Saldo a Favor en IVA en Colombia en 2026
29/09/2026 · Andrés Orlando Gutiérrez
En Colombia, los contribuyentes que registran saldos a favor en el Impuesto sobre las Ventas (IVA) pueden solicitar su devolución o compensación ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). A continuación, se detallan los pasos y requisitos vigentes para realizar este trámite en 2026.
1. ¿Quiénes Pueden Solicitar la Devolución de Saldo a Favor en IVA?
Según el artículo 850 del Estatuto Tributario, los siguientes contribuyentes tienen derecho a solicitar la devolución o compensación de saldos a favor originados en el IVA:
- Responsables del IVA: Aquellos que comercializan bienes o prestan servicios gravados con este impuesto.
- Productores de bienes exentos: Personas que producen bienes exentos según el artículo 477 del Estatuto Tributario.
- Responsables de bienes y servicios específicos: Incluye a los responsables de los bienes y servicios mencionados en los artículos 468-1 y 468-3 del Estatuto Tributario, así como aquellos que hayan sido objeto de retención en la fuente.
2. Plazo para Solicitar la Devolución
Los contribuyentes pueden solicitar la devolución o compensación de los saldos a favor dentro de los dos (2) años siguientes al vencimiento del término para declarar la respectiva declaración tributaria. Este plazo se cuenta desde la fecha de vencimiento para declarar, sin perjuicio de lo previsto en disposiciones especiales. Es importante destacar que este término no aplica para las declaraciones privadas del IVA y de retención en la fuente por los períodos comprendidos en los años 2022 y 2023, las cuales se regirán por lo previsto en los artículos 705 y 714 del Estatuto Tributario.
3. Procedimiento para Solicitar la Devolución
El proceso para solicitar la devolución de saldo a favor en IVA se puede realizar de dos maneras:
- Con Firma Electrónica: Si el contribuyente cuenta con firma electrónica, puede radicar la solicitud a través del Servicio Informático de Devoluciones de la DIAN. Este servicio permite gestionar el trámite de manera ágil y segura.
- Sin Firma Electrónica: Si no dispone de firma electrónica, la solicitud debe presentarse de forma manual en la Dirección Seccional de Impuestos donde se presentó la declaración tributaria inicial. Es recomendable agendar una cita previa para la radicación de la solicitud.
4. Requisitos para la Solicitud
Al presentar la solicitud de devolución o compensación, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Documentación Necesaria: Adjuntar los documentos que respalden la solicitud, como la declaración tributaria que originó el saldo a favor, comprobantes de pago, entre otros.
- Actualización del Registro Único Tributario (RUT): Asegurarse de que el RUT esté formalizado y actualizado, sin suspensión ni cancelación, desde el momento de la solicitud hasta la resolución del trámite.
- Certificado de Existencia y Representación Legal: Para personas jurídicas, es necesario presentar este certificado actualizado.
- Firma Electrónica: Si se opta por la radicación electrónica, es indispensable contar con firma electrónica vigente.
- Garantía: En ciertos casos, se requiere constituir una garantía que cubra el monto de la solicitud de devolución, con vigencia de dos (2) años a partir de la presentación de la solicitud.
5. Formatos y Documentos Adicionales
Dependiendo de la naturaleza de la solicitud, pueden ser necesarios formatos adicionales, como:
- Formato 1220: Relación de las retenciones en la fuente.
- Formato 2613: Relación de los costos, gastos y deducciones.
Estos formatos deben ser diligenciados según las indicaciones de la DIAN y acompañados de la documentación correspondiente.
6. Plazo para la Resolución de la Solicitud
Una vez presentada la solicitud en debida forma, la DIAN tiene un plazo de quince (15) días hábiles para proferir el acto administrativo que otorga el derecho a la devolución automática. Si la solicitud no cumple con los requisitos establecidos para la devolución automática, continuará con el proceso ordinario, sin que se requiera acto administrativo que así lo indique.
7. Consideraciones Adicionales
Es fundamental que los contribuyentes verifiquen que toda la información y documentación presentada sea correcta y esté completa, ya que cualquier inconsistencia puede generar retrasos en el proceso o incluso la inadmisión de la solicitud. Además, se recomienda mantener actualizados los datos de contacto y la información tributaria para facilitar la comunicación con la DIAN.
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