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DEUDORAS FISCALES

Descripción

En esta denominación, se incluyen las cuentas que representan el valor de las diferencias temporarias deducibles, en la medida que resulte probable que la empresa disponga de ganancias fiscales futuras contra las cuales se puedan cargar estas diferencias. También se incluyen los beneficios tributarios, pérdidas o créditos fiscales no utilizados hasta el momento que sean susceptibles de compensarse con ganancias fiscales futuras.

Dinámica contable

Se debita con

  1. El valor de las diferencias temporarias deducibles.
  2. El valor de los beneficios tributarios obtenidos y de las pérdidas o créditos fiscales presentados.

Se acredita con

  1. El valor de las diferencias temporarias deducibles que se reviertan.
  2. El valor de los beneficios tributarios, pérdidas o créditos fiscales utilizados. 444
  3. El valor de los beneficios tributarios, pérdidas o créditos fiscales, cuando se extinga el plazo para compensarlos.

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